Nuestro compañero Francisco de Borja Ortas, socio responsable del Departamento Laboral de Lébeq reflexiona sobre las leyes laborales de España y su relación con la competitividad y flexibilidad de las relaciones laborales.
Hubo años donde, el trabajador -operario en la mayoría de ocasiones-, reclamaba y además necesitaba de una protección jurídica- a veces sindical- que le informara de cuáles eran sus derechos y sobre todo pusiera en marcha los mecanismos para evitar que se violasen sus derechos laborales o cuanto menos que se garantizase el poder absoluto del empresario.
Y aunque, qué duda cabe, se sigue haciendo necesario en nuestros días, observamos como cada vez más es la empresa quien ha pasado a un nivel de indefensión frente a la amalgama de normas de vertientes laborales, cuyo cumplimiento normativo se hace cada vez más complejo, amén de disponer cada vez de un menor margen para adecuar la estructura productiva a las necesidades de mano de obra que en cada momento pueda experimentar una empresa o sector económico, poniendo en riesgo la competitividad, la productividad e incluso los propios puestos de trabajo.
Actualmente, estamos presenciando una evolución sutil en nuestras relaciones laborales que gradualmente se está desplazando hacia esquemas antiguos de rigidez. Podemos pensar en que se siguen creando normas que bloquean a la empresa en su desarrollo económico y productivo, y así -por ejemplo- obligan que, en materia de igualdad, la propia empresa se siente con un sindicato ajeno a la realidad empresarial antes que con los propios trabajadores de ésta para poner en marcha el Plan que regule el cumplimiento en materia de igualdad.
Observamos como cada vez más es la empresa quien ha pasado a un nivel de indefensión frente a la amalgama de normas de vertientes laborales, cuyo cumplimiento normativo se hace cada vez más complejo
Sin embargo cuestiones que deben abrirse a la digitalización, a las nuevas formas de empresas como startups, teletrabajo, deslocalización de trabajadores, como es el caso del proceso para elegir a la representación de los trabajadores en las empresas, se continúa hablando de publicaciones en tablón de anuncio, de constituir la mesa electoral de manera presencial, limitando el voto por correo (que además de suponer un coste para el trabajador por norma general no llega en plazo el día de las elecciones), o promoviendo candidaturas con avales con rúbrica manuscrita para el acceso al proceso electoral…
Todo ello en un entorno rancio más propio de los años ochenta del siglo pasado que de la era de la digitalización. Y son cuestiones éstas que siguen pasando desapercibidas para el legislador a pesar de formar parte del día a día de muchas empresas.
Es importante destacar que nuestras relaciones laborales no estaban gobernadas por principios de flexibilidad, y ello, aunque se intentó una leve liberalización a través de la introducción de cierta flexibilidad en la gestión en el año 2012. En los procesos de ajuste empresarial, especialmente en relación con la reducción del empleo, se observa una radicalización de las posturas sindicales, y cada vez es más común su negativa a aceptar decisiones empresariales de reducción de puestos de trabajo o adecuar la plantilla con medidas de flexibilidad interna. Esta negativa se basa en la idea de que ninguna circunstancia justificaría la supresión de empleos.
La aceptación inicial por parte de los tribunales de planteamientos de mayor flexibilidad impulsada por el legislador en 2012 ha dado paso gradualmente a un retorno discreto a interpretaciones del pasado, o incluso a nuevos enfoques que limitan la libertad empresarial
La rigidez laboral ha sido promovida por normas legales, prácticas administrativas y doctrina judicial. La actitud beligerante de las administraciones públicas, independientemente del gobierno de turno, es cada vez más evidente. El papel de la doctrina judicial en este cambio también es significativo. La aceptación inicial por parte de los tribunales de planteamientos de mayor flexibilidad impulsada por el legislador en 2012 ha dado paso gradualmente a un retorno discreto a interpretaciones del pasado, o incluso a nuevos enfoques que limitan la libertad empresarial y su capacidad de adaptación a un mercado cada vez más cambiante y competitivo.
Este caos normativo es perjudicial tanto para las empresas como para la economía, afectando a la productividad y a la posibilidad de desarrollar relaciones laborales adaptadas a la actualidad, que protegen los derechos laborales pero también atienden las necesidades organizativas y productivas de las empresas.
No hay que tener miedo a abordar la construcción de un nuevo derecho laboral y unas nuevas relaciones laborales, reducir la intervención legislativa y reglamentaria, y otorgar un papel regulador fundamental a la negociación colectiva.
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