El socio de LegalSur Abogados Manuel Alonso Escacena, analiza en este videoblog la doctrina contradictoria que se ha producido acerca de los expedientes previos a los despidos disciplinarios.
«Bueno, pues ya tenemos doctrina contradictoria en suplicación acerca del controvertido tema de los expedientes previos a los despidos disciplinarios. En efecto, el Tribunal Supremo en sentencia de 18 de noviembre de 2024, estableció la obligatoriedad de tramitar un expediente previo a los despidos disciplinarios con base en el artículo 7 del convenio 158 de la OIT. Si bien, la sala cuarta del Tribunal Supremo estableció que esta doctrina era aplicable a los despidos producidos con posterioridad a la publicación de su sentencia. En esta línea, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares recientemente, en sentencia de 12 de febrero de 2025, conociendo un despido acaecido en julio de 2023, estableció que aunque fuese el despido anterior a la sentencia del Supremo el expediente era obligatorio. Toda vez que ya el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares se había pronunciado y la doctrina era conocida en cuanto a la obligatoriedad de este expediente. Añade además, que la empresa afectada en el caso enjuiciado que era ‘El Corte Inglés’ la empresa que despedía, era una gran empresa que podía tener conocimiento y acceso a estas recientes jurisprudencia. En cambio la sala del Tribunal Superior de Justicia de Granada de 30 de enero de 2025, ha establecido en un supuesto de despido en el marco de una estafa telefónica acaecido en agosto de 2023, también anterior a la doctrina del Supremo, que la doctrina del Supremo no le será aplicable toda vez que el despido se produjo con anterioridad a la publicación de la sentencia de noviembre de 2024 de la sala cuarta. De modo que será el propio Tribunal Supremo el que tenga que unificar doctrina y deshacer esta confusión que tal vez el mismo produjo al establecer una especie de plazo de entrada en vigor de una jurisprudencia que dictó a finales del pasado año».
Manuel Alonso Escacena
Experto en Derecho Laboral, Manuel Alonso Escacena se licenció en en Derecho Privado por la Universidad de Sevilla (1985-1990). Su trayectoria profesional se inició en el Bufete Gonzalo Escacena Campos, para luego tener Bufete propio; ser Socio en Martínez Escribano & Alonso Escacena S.L.P. y en la actualidad ser Socio en Legalsur S.L. – Área Laboral. Asesor jurídico de distintas entidades, durante la trayectoria profesional: SOGEXPO, S.A., Sociedad Estatal EXPO’92, S.A., REAL ESCUELA ANDALUZA DEL ARTE ECUESTRE de Jerez de la Frontera; INSTITUCIÓN FERIAL DE LA DIPUTACIÓN DE CÁDIZ (IFECA), Jerez de la Frontera); EMPRESAS MUNICIPALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, Asesor jurídico de la PROVINCIA BÉTICA DE LA ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS, pertenece a diferentes asociaciones de abogados laboralistas: ASNALA, iUSLABORALISTES de Catalunya y FORELAB.
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