La sentencia confirma la procedencia del despido disciplinario de un trabajador de una empresa referente del sector aeronáutico que recurrió a los servicios de Lébeq, firma asociada a Guadaliuris. Por su dejadez o desidia, el operario puso en riesgo el buen resultado de la auditoría e indirectamente las relaciones comerciales de la propia empresa.
La sentencia del Juzgado de lo Social 12 de Sevilla ha declarado procedente el despido disciplinario arbitrado por la empresa, considerando el puesto de responsabilidad del trabajador. Su actuación fue de falta de diligencia y cumplimiento de sus obligaciones laborales, desde el punto de vista deontológico y profesional. El trabajador conocía el protocolo de actuación y la auditoría, y aún así cometió las infracciones.
Tal constancia permite considerar que las concretas circunstancias aludidas en la carta de despido resultan justificadas y constituyen una conducta grave, culpable y voluntaria por parte del trabajador. Se acredita una transgresión de la buena fe, lealtad y confianza contractual, constituyendo faltas muy graves y que conlleva que la demanda interpuesta por el trabajador deba desestimarse que el despido disciplinario efectuado por la empresa se consideró procedente y ajustado a derecho.
El trabajador conocía el protocolo de actuación y la auditoría, y aún así cometió las infracciones.
Los hechos según la sentencia
Según se puede extraer de la sentencia el trabajador, en el marco del proceso de auditoría interna de una empresa aeronáutica, procedió a realizar mezcla de pintura (en presencia del auditor), eligiendo unos componentes que no se correspondían con los establecidos en la documentación del proceso mostrada al auditor e indicada en la documentación interna.
Terminado el proceso de mezcla y cumplimentado el parte de registro de pinturas, el trabajador se dirigió a la cabina de pintura para la aplicación de la mezcla realizada y, sobre las 11 horas, cumplimentó la ficha de registro de pinturas, indicando que el producto se había curado de 11:30 horas a 13:30 horas a 60ºC, sellando el registro como realizado, cuando el producto aún no había salido de la cabina de pinturas y mostrándolo al auditor, lo que se puso de manifiesto por parte de éste en la reunión final de auditoría.
Como consecuencia de ello, el auditor estableció la no conformidad a la auditoría con el proceso de pintura de los componentes.
Reacción de la empresa: despido disciplinario
Ante la gravísima conducta del trabajador, que puso en peligro el buen fin de la auditoría con la empresa, líder en el sector aeronáutico andaluz, reaccionó de forma inmediata arbitrando un despido disciplinario con el asesoramiento de Lebeq, despido que ahora se ha confirmado como ajustado a derecho por la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social
En dicho procedimiento intervino el departamento de laboral de Lebeq asistiendo a juicio el socio responsable de dicho departamento Francisco de Borja Ortas Luceño.
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